Generalidades

La mesa directiva del Honorable Concejo Municipal de Aguachica, Departamento del Cesar, en uso de sus atribuciones, y en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los Artículos 118, 125, 209, 275, 291 y el numeral 8 del Artículo 313 de la Constitución Política, el Capítulo X de la Ley 136 de junio 2 de 1994; los artículos 22, 24, 96 y 159 de la Ley 617 de octubre 6 de 2000; las sentencias 520/1994 y 105/2013 y el Capítulo 27 del Decreto 1083 de mayo 26 de 2015 y demás normas y conceptos concordantes y pertinentes y;

CONSIDERANDO

A. Que mediante Proposición Nº. 042 de Noviembre 03 de 2015 el Concejo Municipal aprobó y autorizó a la mesa directiva para que adelante y suscriba convenio interadministrativo con la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) y demás actos necesarios que conlleven el proceso de Concurso de Méritos para la Elección del Personero Municipal.


B. Que mediante proposición Nº 043 de Noviembre 09 del 2015, fue modificada la proposición Nº 042 de Noviembre 03 de 2015, del entendido de permitir que la Mesa Directiva realice diversas invitaciones públicas, incluyendo a la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) y otras universidades Públicas como Privadas, que muestren su interés en llevar a cabo el proceso de Concurso de Méritos para la selección de Personero Municipal de Aguachica para el periodo Marzo 01 de 2016 a Febrero 28 de 2020. Así como que en la invitación se indique expresamente que dicho proceso no posee rubro asignado por lo tanto es un convenio ad honorem, por carencia de rubro de la corporación.


C. Que en el mismo acto administrativo anterior, se autorizó a la Mesa Directiva del Concejo Municipal vigente, por el término que resta del periodo ordinario de la Corporación, para que de acuerdo al reglamento y la convocatoria aprobada por la plenaria de esta corporación municipal; adelante todo el proceso del concurso de méritos para personeros municipales en cuanto a las pruebas Objetivas y entregue toda la documentación con soportes y resultados finales de las mismas, a la Mesa Directiva de este Concejo Municipal que se posesionará el próximo 1º de enero de 2016, para que ésta adelante las pruebas subjetivas (entrevista) a los aspirantes que clasificaron para el efecto, conforme la lista de elegibles y designe como Personero Municipal al participante que haya alcanzado el primer lugar en la misma en los términos de la Ley.

создать сайт

© 2017 - Universidad Popular del Cesar, Sede Administrativa Balneario Hurtado Vía a Patillal- Valledupar Cesar – Colombia.
Sede Sabanas Diagonal 21 No. 29-56 Sabanas del Valle –Valledupar- Cesar -Colombia
Sede Bellas Artes Calle 15 No 12-54 Valledupar-Cesar-Colombia
Línea gratuita de Quejas y Reclamos: PBX: +57 605-5885592 - Directorio
Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm
Correo Electrónico para Notificaciones Judiciales
Contacto: pqrs@unicesar.edu.co - Condiciones de Uso y Políticas - Contáctenos 
Institución de Educación Superior sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional - Código SNIES 1120